La Consejería de Medio Ambiente ha publicado la Orden de 11 de Junio de 2008, BOJA 122 de 20 de Junio por la que se establecen limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal durante los meses de mayor riesgo de incendio.
Entre otras medidas, destacan las siguientes prohibiciones con carácter general:
1.- Quema de vegetación natural.
2.- Quema de residuos agrícolas y forestales.
3.- Encender fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de las carreteras y las zonas recreativas y de acampada, aún estando habilitadas para ello.
4.- El uso del fuego en la actividad apícola.
Queda prohibida de igual modo la circulación de vehículos a motor campo a través, por cauces secos o inundados, vías pecuarias, vías forestales de extracción de madera y pistas forestales.
La citada orden entró en vigor el 22 de Junio y estará vigente hasta el 19 de octubre de 2008.
Chica rubia aburrida en la playa busca sexo
Hace 14 años
No hay comentarios:
Publicar un comentario